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En el prólogo de Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín, su autor, Diego de Ávila Delmonte nos dice:
[…] Afortunadamente D. José Rosalía de Ávila, descendiente de la ilustre familia de los González de Rivera, comprendió cuánto valdría para la posteridad conservar aquellos preciosos datos, y su hijo, el autor de la presente Memoria, resuelve darlos a la estampa con agregación de noticias posteriores al fallecimiento de aquel. […]
En su testamento, José Rosalía de Ávila González de Rivera, iniciador de esta obra (ver el post anterior) la incluye entre los pocos bienes que deja a su descendencia.
Dicho testamento es el siguiente:
"En el nombre de Dios Todopoderoso, notoria y manifiesto sea a cuanto se presente mi testamento y última voluntad vieren como yo el regidor decano Don José Rosalía de Ávila natural y vecino de esta ciudad, hijo legítimo del Regidor Don Diego Ramón y Doña Catalina González de Rivera, natural y vecinos que fueron de esta referida ciudad, mis padres ya difuntos que santa gloria hayan y en paz descansen, hallándome enfermo en cama de accidente corporal que Dios nuestro señor se ha servido darme, pero en mi entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural, creyendo como firme y verdaderamente creo en el alto inflamable misterio de la Santísima Trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas aunque distintas componen un solo Dios verdadero, y en todos los demás misterios que cree y practica nuestra Santa Madre la Iglesia como regidor y alumbrada por el Espíritu Santo, bajo cuya fe y esencial ha vivido y protesto permanecer constante hasta mi muerte, de la cual, temeroso, como natural a toda viviente criatura, quiero estar prevenido como disposición testamental para cuando la mía resulte, y para serlo con el mayor acierto invoco los auxilios de María Santísima, Nuestra Madre, para que interceda con su Santísimo Hijo que me perdone el perdón de mi grave culpa y me ilumine el enterramiento, y bajo de tan sagrados auspicios procedo a hacerlo de modo siguiente:
Primeramente, encomiendo mi alma a Dios y el cuerpo mando a la tierra como de ella formado y el que cadáver en mi voluntad donde sea sepultada en el Cementerio General de esta ciudad, dejando las fórmulas de mi entierro a disposicion de mis albaceas, pero sí quiero que se me diga misa de cuerpo presente si fuera hora de celebrar y si no al día siguiente.
Idem, dejo a las mandas forzosas y acostumbradas a las limosnas que tienen asignadas y tres pesos de fondo piadoso establecido por disposición soberana, así lo declaro para que conste.
Declaro que soy casado y velado según rito de nuestra Santa Madre Iglesia con Doña María Dolores Delmonte en cuyo legítimo hemos tenido y procreado por nuestros hijos a Don Manuel, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y Doña Carolina, de los cuales la última es difunta, habiendo dejado un hijo nombrado Sonemino, del matrimonio que contrajo con Don José Luque, siendo todos mis hijos mayores de edad y el nieto aunque menor tiene a su legítimo padre que lo represente.
Declaro que cuando contraje dicho matrimonio aportó a él mi consorte 200 pesos que le correspondieron por la emigración que hizo de Santo Domingo y que le abonaron las cajas reales, y yo aporté 200 pesos en efectivo y el empleo de Regidor Perpetuo del ilustre Ayuntamiento de esta ciudad que recayó en mí por muerte de mi señor padre y que por gracia concedida a mi abuelo Don Diego de Ávila fue vinculado dicho oficio en su persona y la de sus sucesores por real orden expedida en el buen retiro a 25 de diciembre de mil setecientos cincuenta y seis y lo declaro para constancia.
Declaro que al presente poseo el mencionado oficio de regidor perpetuo, vinculado en los términos que he dicho y 850 pesos de capillanía en la Hacienda de San Felipe de Uñas destinados a escuelas gratuitas y correspondiente por este motivo a los fondos de propios en quien pago 42 pesos y medio del rédito por tener reconocida y establecidos en ella varios colonos o arrendatarios de que darán razón mis albaceas si fuera necesario sin tener otros breves por haberme sido adversa la fortuna.
Declaro que soy en deber a los fondos propios tres años de rédito de las capillanías que he mencionado a Don Antonio de la carrera 95 pesos, no recordando deber otras cantidades, ni que a mí me deban más que Don Ramón Felipe Giner 30 pesos pero si algo más resultare así en peso como en control es mi voluntad se cobre lo mío y se pague lo otro manifestando que el Regidor Don Juan Sánchez Hechavarría le adeuda onza y media y a Doña María Vicenta Garayalde una onza.
Declaro tener la propiedad a la obra literaria titulada "Memoria histórica de Holguín" que empecé a publicar llegando sólo a verificar el de dos entregas en el año pasado de 1856, sin haber continuado por algunas dificultades que me lo impidieron y lo declaro para que en esta constancia tengan mis hijos reclamar el derecho que las leyes le conceden.
Declaro que el oficio de Regidor que desempeño ha de recaer en Don Manuel María de Avila por ser este mi hijo mayor y estar aquel vinculado, y quiero que esta cláusula le sirva de renuncia en forma, en virtud de no necesitarse ese requisito por la vinculación, y que en caso de que no convenga o no quiera entrar en el ejercicio de ese empleo, recaiga entre mis hijos en el que corresponda por el derecho y quisiera aceptarlo y lo declaro para que conste. Y para cumplir y pagar este mi testamento y lo en él contenido nombro por mis albaceas fiel y comisarios en primera a mi consorte Doña María Dolores Delmonte y en segundo a mi legítimo hijo Don Cornelio para que después de mi fallecimiento entre en mis bienes y de ellos tome las partes que se atengan a su cumplimiento, prorrogándoles el término legal a todo el que necesitare a fin de que no puedan ser molestados con reclamaciones y por herederos de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras sucesiones nombre e instituya a mis legítimos hijos Don Manuel María, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y la sucesion de Doña Carolina para que después de mi fallecimiento lo hallen, gocen y hereden con la bendición de Dios y la mía por el presente a mí lo revoco doy por ningún valor mi efecto cualesquiera otras disposiciones, testamentales que antes hubiera hecho por escrito o de palabras, pues sólo quiero que valga el presente como mi última y deliberada voluntad.
Y el otorgante a quien yo el escribano público del número de guerra por su Majestad conozco y de estar al parecer en su entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural doy fe, así lo dejo, otorgo y firmo en esta ciudad de San Isidoro de Holguín, 14 de enero de 1860 años. Siendo testigos Don Antonio de la Carrera, Don Pelegrín Gordas y Furrai y Don Jesús Pérez vecinos y presentes.
Ante mí José Rosalía de Avila
Notario: Jesús Rodríguez" [Fin del testamento].
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Certificado de defunción de Diego de Ávila Delmonte:
Libro 8 / Folio 113 / n° 343
En la ciudad de Holguín a seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis, yo el infrascrito cura propio de esta Iglesia Parroquial Mayor de San Isidoro, hice entierro de cruz baja y mandé dar sepultura eclesiástica al cadáver de D. Diego Antonio de Ávila del Monte, de sesenta y tres años de edad, natural y vecino de esta, casado con D. Patrocinia Font, hijo legítimo de D. José Rosalía y de Da. Dolores; recibió los Santos Sacramentos de Penitencia, Viático y Estrema Unción; falleció el día anterior de pericarditis crónica. Y para que conste lo firma á seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis.
Lic. Francisco Marrero
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