Memoria sobre el origen del Hato de San Isidoro de Holguín, de Diego de Ávila y Delmonte, reedición 1926, en Holguín, "continuada hasta nuestros días" por José María Heredia [Almaguer]
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En un post anterior comentaba que había podido consultar la primera edición de Memoria sobre el origen del Hato de San Isidoro de Holguín, de Diego de Ávila y Delmonte, pero que ignoraba el contenido de la reedición de este libro, en 1926, en Holguín, "continuada hasta nuestros días" por José María Heredia [Almaguer].
He recibido una copia de la misma y queda aclarado que su continuador, el llamado José María Heredia [Almaguer] nada tiene que ver con el poeta santiaguero de ese nombre fallecido mucho antes de la publicación de la edición príncipe.
La primera parte de la edición de 1926 no difiere en nada con respecto a la primera, excepto en el hecho de que en la segunda se aclara el nombre del misterioso prologuista quien firmaba como "Bonifacio" y de quien luego, en la de 1926, se añade: Antonio J. Nápoles Fajardo, hermano del célebre poeta de Las Tunas El Cucalambé quien fue el último director del periódico La Luz, el primero de El Oriental (extinguido en octubre de 1868) y el primero también de El Periquero, antes de retirarse a La Habana dejando al frente del mismo al camagüeyano Francisco Álvarez.
A la segunda edición se añade una segunda parte cuyo contenido (capítulos y subcapítulos) es el que sigue:
Capítulo 1 > La Luz y El Oriental [nombres de dos periódicos holguineros de entonces] / Preludio de conspiración.
Capítulo II > [sin título] / El Grito de Yara / El sitio de La Periquera.
Capítulo III > La Expedición del Perrit - Asalto de Las Cuevas - Calixto García, sus acciones - Muerte de Julio Grave de Peralta / Calixto García cae prisionero / Las Lagunas de Varona / Protesta del Teniente Coronel Mariano Torres / El ejecutivo de Holguín / Asaltos de Uñas y Auras - Asaltos a Jesús María, Guajabales y Pedernales / Síntomas precursores de la gesta de 1895 / La Doctrina - Cuestión personal del Lcdo. Fco. Frexes y el Tte. Cnel Elías - Los abusos de la Guardia Civil. / El General Luño / El Aventino / Debutando a tiros / La juventud holguinera respondió al llamamiento heroico - Asalto al Cubano Libre - Maceo organiza los contingentes invasores / El Gral. Francisco Carrillo, Jefe de Oriente - Calixto García. Organización de los rebeldes en zona holguinera / Guáimaro. Tunas. Guisa. / Batidos los generales Luque y Linares - El Cuartel General en El Aserradero - Protesta del Gral. García - Gibara en poder de los insurrectos, sus autoridades - ¡Holguín!
Hasta aquí los capítulos y subcapítulos.
Tal vez valga la pena añadir que en la reedición de 1926 aparecen las fotografías de: Belisario Álvarez Céspedes, José María Ochoa (músico), Gral. Julio Grave de Peralta, Gral. Calixto García Íñiguez, Francisco Frexes Mercadé, José Miró Argenter (director del periódico La Doctrina, Brigadier Luis de Feria Garayalde, Pepe Torres y Rodolfo de Zayas Ochoa.
Blog de genealogía e historia de Holguín y Banes - por WILLIAM NAVARRETE (desde París, Francia)
18/12/09
7/12/09
Testamento de José Rosalía de Ávila González de Rivera y Certificado de defunción de Diego de Ávila Delmonte
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En el prólogo de Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín, su autor, Diego de Ávila Delmonte nos dice:
[…] Afortunadamente D. José Rosalía de Ávila, descendiente de la ilustre familia de los González de Rivera, comprendió cuánto valdría para la posteridad conservar aquellos preciosos datos, y su hijo, el autor de la presente Memoria, resuelve darlos a la estampa con agregación de noticias posteriores al fallecimiento de aquel. […]
En su testamento, José Rosalía de Ávila González de Rivera, iniciador de esta obra (ver el post anterior) la incluye entre los pocos bienes que deja a su descendencia.
Dicho testamento es el siguiente:
"En el nombre de Dios Todopoderoso, notoria y manifiesto sea a cuanto se presente mi testamento y última voluntad vieren como yo el regidor decano Don José Rosalía de Ávila natural y vecino de esta ciudad, hijo legítimo del Regidor Don Diego Ramón y Doña Catalina González de Rivera, natural y vecinos que fueron de esta referida ciudad, mis padres ya difuntos que santa gloria hayan y en paz descansen, hallándome enfermo en cama de accidente corporal que Dios nuestro señor se ha servido darme, pero en mi entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural, creyendo como firme y verdaderamente creo en el alto inflamable misterio de la Santísima Trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas aunque distintas componen un solo Dios verdadero, y en todos los demás misterios que cree y practica nuestra Santa Madre la Iglesia como regidor y alumbrada por el Espíritu Santo, bajo cuya fe y esencial ha vivido y protesto permanecer constante hasta mi muerte, de la cual, temeroso, como natural a toda viviente criatura, quiero estar prevenido como disposición testamental para cuando la mía resulte, y para serlo con el mayor acierto invoco los auxilios de María Santísima, Nuestra Madre, para que interceda con su Santísimo Hijo que me perdone el perdón de mi grave culpa y me ilumine el enterramiento, y bajo de tan sagrados auspicios procedo a hacerlo de modo siguiente:
Primeramente, encomiendo mi alma a Dios y el cuerpo mando a la tierra como de ella formado y el que cadáver en mi voluntad donde sea sepultada en el Cementerio General de esta ciudad, dejando las fórmulas de mi entierro a disposicion de mis albaceas, pero sí quiero que se me diga misa de cuerpo presente si fuera hora de celebrar y si no al día siguiente.
Idem, dejo a las mandas forzosas y acostumbradas a las limosnas que tienen asignadas y tres pesos de fondo piadoso establecido por disposición soberana, así lo declaro para que conste.
Declaro que soy casado y velado según rito de nuestra Santa Madre Iglesia con Doña María Dolores Delmonte en cuyo legítimo hemos tenido y procreado por nuestros hijos a Don Manuel, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y Doña Carolina, de los cuales la última es difunta, habiendo dejado un hijo nombrado Sonemino, del matrimonio que contrajo con Don José Luque, siendo todos mis hijos mayores de edad y el nieto aunque menor tiene a su legítimo padre que lo represente.
Declaro que cuando contraje dicho matrimonio aportó a él mi consorte 200 pesos que le correspondieron por la emigración que hizo de Santo Domingo y que le abonaron las cajas reales, y yo aporté 200 pesos en efectivo y el empleo de Regidor Perpetuo del ilustre Ayuntamiento de esta ciudad que recayó en mí por muerte de mi señor padre y que por gracia concedida a mi abuelo Don Diego de Ávila fue vinculado dicho oficio en su persona y la de sus sucesores por real orden expedida en el buen retiro a 25 de diciembre de mil setecientos cincuenta y seis y lo declaro para constancia.
Declaro que al presente poseo el mencionado oficio de regidor perpetuo, vinculado en los términos que he dicho y 850 pesos de capillanía en la Hacienda de San Felipe de Uñas destinados a escuelas gratuitas y correspondiente por este motivo a los fondos de propios en quien pago 42 pesos y medio del rédito por tener reconocida y establecidos en ella varios colonos o arrendatarios de que darán razón mis albaceas si fuera necesario sin tener otros breves por haberme sido adversa la fortuna.
Declaro que soy en deber a los fondos propios tres años de rédito de las capillanías que he mencionado a Don Antonio de la carrera 95 pesos, no recordando deber otras cantidades, ni que a mí me deban más que Don Ramón Felipe Giner 30 pesos pero si algo más resultare así en peso como en control es mi voluntad se cobre lo mío y se pague lo otro manifestando que el Regidor Don Juan Sánchez Hechavarría le adeuda onza y media y a Doña María Vicenta Garayalde una onza.
Declaro tener la propiedad a la obra literaria titulada "Memoria histórica de Holguín" que empecé a publicar llegando sólo a verificar el de dos entregas en el año pasado de 1856, sin haber continuado por algunas dificultades que me lo impidieron y lo declaro para que en esta constancia tengan mis hijos reclamar el derecho que las leyes le conceden.
Declaro que el oficio de Regidor que desempeño ha de recaer en Don Manuel María de Avila por ser este mi hijo mayor y estar aquel vinculado, y quiero que esta cláusula le sirva de renuncia en forma, en virtud de no necesitarse ese requisito por la vinculación, y que en caso de que no convenga o no quiera entrar en el ejercicio de ese empleo, recaiga entre mis hijos en el que corresponda por el derecho y quisiera aceptarlo y lo declaro para que conste. Y para cumplir y pagar este mi testamento y lo en él contenido nombro por mis albaceas fiel y comisarios en primera a mi consorte Doña María Dolores Delmonte y en segundo a mi legítimo hijo Don Cornelio para que después de mi fallecimiento entre en mis bienes y de ellos tome las partes que se atengan a su cumplimiento, prorrogándoles el término legal a todo el que necesitare a fin de que no puedan ser molestados con reclamaciones y por herederos de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras sucesiones nombre e instituya a mis legítimos hijos Don Manuel María, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y la sucesion de Doña Carolina para que después de mi fallecimiento lo hallen, gocen y hereden con la bendición de Dios y la mía por el presente a mí lo revoco doy por ningún valor mi efecto cualesquiera otras disposiciones, testamentales que antes hubiera hecho por escrito o de palabras, pues sólo quiero que valga el presente como mi última y deliberada voluntad.
Y el otorgante a quien yo el escribano público del número de guerra por su Majestad conozco y de estar al parecer en su entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural doy fe, así lo dejo, otorgo y firmo en esta ciudad de San Isidoro de Holguín, 14 de enero de 1860 años. Siendo testigos Don Antonio de la Carrera, Don Pelegrín Gordas y Furrai y Don Jesús Pérez vecinos y presentes.
Ante mí José Rosalía de Avila
Notario: Jesús Rodríguez" [Fin del testamento].
************************************************
Certificado de defunción de Diego de Ávila Delmonte:
Libro 8 / Folio 113 / n° 343
En la ciudad de Holguín a seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis, yo el infrascrito cura propio de esta Iglesia Parroquial Mayor de San Isidoro, hice entierro de cruz baja y mandé dar sepultura eclesiástica al cadáver de D. Diego Antonio de Ávila del Monte, de sesenta y tres años de edad, natural y vecino de esta, casado con D. Patrocinia Font, hijo legítimo de D. José Rosalía y de Da. Dolores; recibió los Santos Sacramentos de Penitencia, Viático y Estrema Unción; falleció el día anterior de pericarditis crónica. Y para que conste lo firma á seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis.
Lic. Francisco Marrero
En el prólogo de Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín, su autor, Diego de Ávila Delmonte nos dice:
[…] Afortunadamente D. José Rosalía de Ávila, descendiente de la ilustre familia de los González de Rivera, comprendió cuánto valdría para la posteridad conservar aquellos preciosos datos, y su hijo, el autor de la presente Memoria, resuelve darlos a la estampa con agregación de noticias posteriores al fallecimiento de aquel. […]
En su testamento, José Rosalía de Ávila González de Rivera, iniciador de esta obra (ver el post anterior) la incluye entre los pocos bienes que deja a su descendencia.
Dicho testamento es el siguiente:
"En el nombre de Dios Todopoderoso, notoria y manifiesto sea a cuanto se presente mi testamento y última voluntad vieren como yo el regidor decano Don José Rosalía de Ávila natural y vecino de esta ciudad, hijo legítimo del Regidor Don Diego Ramón y Doña Catalina González de Rivera, natural y vecinos que fueron de esta referida ciudad, mis padres ya difuntos que santa gloria hayan y en paz descansen, hallándome enfermo en cama de accidente corporal que Dios nuestro señor se ha servido darme, pero en mi entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural, creyendo como firme y verdaderamente creo en el alto inflamable misterio de la Santísima Trinidad Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas aunque distintas componen un solo Dios verdadero, y en todos los demás misterios que cree y practica nuestra Santa Madre la Iglesia como regidor y alumbrada por el Espíritu Santo, bajo cuya fe y esencial ha vivido y protesto permanecer constante hasta mi muerte, de la cual, temeroso, como natural a toda viviente criatura, quiero estar prevenido como disposición testamental para cuando la mía resulte, y para serlo con el mayor acierto invoco los auxilios de María Santísima, Nuestra Madre, para que interceda con su Santísimo Hijo que me perdone el perdón de mi grave culpa y me ilumine el enterramiento, y bajo de tan sagrados auspicios procedo a hacerlo de modo siguiente:
Primeramente, encomiendo mi alma a Dios y el cuerpo mando a la tierra como de ella formado y el que cadáver en mi voluntad donde sea sepultada en el Cementerio General de esta ciudad, dejando las fórmulas de mi entierro a disposicion de mis albaceas, pero sí quiero que se me diga misa de cuerpo presente si fuera hora de celebrar y si no al día siguiente.
Idem, dejo a las mandas forzosas y acostumbradas a las limosnas que tienen asignadas y tres pesos de fondo piadoso establecido por disposición soberana, así lo declaro para que conste.
Declaro que soy casado y velado según rito de nuestra Santa Madre Iglesia con Doña María Dolores Delmonte en cuyo legítimo hemos tenido y procreado por nuestros hijos a Don Manuel, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y Doña Carolina, de los cuales la última es difunta, habiendo dejado un hijo nombrado Sonemino, del matrimonio que contrajo con Don José Luque, siendo todos mis hijos mayores de edad y el nieto aunque menor tiene a su legítimo padre que lo represente.
Declaro que cuando contraje dicho matrimonio aportó a él mi consorte 200 pesos que le correspondieron por la emigración que hizo de Santo Domingo y que le abonaron las cajas reales, y yo aporté 200 pesos en efectivo y el empleo de Regidor Perpetuo del ilustre Ayuntamiento de esta ciudad que recayó en mí por muerte de mi señor padre y que por gracia concedida a mi abuelo Don Diego de Ávila fue vinculado dicho oficio en su persona y la de sus sucesores por real orden expedida en el buen retiro a 25 de diciembre de mil setecientos cincuenta y seis y lo declaro para constancia.
Declaro que al presente poseo el mencionado oficio de regidor perpetuo, vinculado en los términos que he dicho y 850 pesos de capillanía en la Hacienda de San Felipe de Uñas destinados a escuelas gratuitas y correspondiente por este motivo a los fondos de propios en quien pago 42 pesos y medio del rédito por tener reconocida y establecidos en ella varios colonos o arrendatarios de que darán razón mis albaceas si fuera necesario sin tener otros breves por haberme sido adversa la fortuna.
Declaro que soy en deber a los fondos propios tres años de rédito de las capillanías que he mencionado a Don Antonio de la carrera 95 pesos, no recordando deber otras cantidades, ni que a mí me deban más que Don Ramón Felipe Giner 30 pesos pero si algo más resultare así en peso como en control es mi voluntad se cobre lo mío y se pague lo otro manifestando que el Regidor Don Juan Sánchez Hechavarría le adeuda onza y media y a Doña María Vicenta Garayalde una onza.
Declaro tener la propiedad a la obra literaria titulada "Memoria histórica de Holguín" que empecé a publicar llegando sólo a verificar el de dos entregas en el año pasado de 1856, sin haber continuado por algunas dificultades que me lo impidieron y lo declaro para que en esta constancia tengan mis hijos reclamar el derecho que las leyes le conceden.
Declaro que el oficio de Regidor que desempeño ha de recaer en Don Manuel María de Avila por ser este mi hijo mayor y estar aquel vinculado, y quiero que esta cláusula le sirva de renuncia en forma, en virtud de no necesitarse ese requisito por la vinculación, y que en caso de que no convenga o no quiera entrar en el ejercicio de ese empleo, recaiga entre mis hijos en el que corresponda por el derecho y quisiera aceptarlo y lo declaro para que conste. Y para cumplir y pagar este mi testamento y lo en él contenido nombro por mis albaceas fiel y comisarios en primera a mi consorte Doña María Dolores Delmonte y en segundo a mi legítimo hijo Don Cornelio para que después de mi fallecimiento entre en mis bienes y de ellos tome las partes que se atengan a su cumplimiento, prorrogándoles el término legal a todo el que necesitare a fin de que no puedan ser molestados con reclamaciones y por herederos de todos mis bienes, derechos y acciones y futuras sucesiones nombre e instituya a mis legítimos hijos Don Manuel María, Don José de Jesús, Doña María del Rosario, Don Eligio, Don Cornelio, Don Diego Antonio y la sucesion de Doña Carolina para que después de mi fallecimiento lo hallen, gocen y hereden con la bendición de Dios y la mía por el presente a mí lo revoco doy por ningún valor mi efecto cualesquiera otras disposiciones, testamentales que antes hubiera hecho por escrito o de palabras, pues sólo quiero que valga el presente como mi última y deliberada voluntad.
Y el otorgante a quien yo el escribano público del número de guerra por su Majestad conozco y de estar al parecer en su entero juicio, cabal memoria y entendimiento natural doy fe, así lo dejo, otorgo y firmo en esta ciudad de San Isidoro de Holguín, 14 de enero de 1860 años. Siendo testigos Don Antonio de la Carrera, Don Pelegrín Gordas y Furrai y Don Jesús Pérez vecinos y presentes.
Ante mí José Rosalía de Avila
Notario: Jesús Rodríguez" [Fin del testamento].
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Certificado de defunción de Diego de Ávila Delmonte:
Libro 8 / Folio 113 / n° 343
En la ciudad de Holguín a seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis, yo el infrascrito cura propio de esta Iglesia Parroquial Mayor de San Isidoro, hice entierro de cruz baja y mandé dar sepultura eclesiástica al cadáver de D. Diego Antonio de Ávila del Monte, de sesenta y tres años de edad, natural y vecino de esta, casado con D. Patrocinia Font, hijo legítimo de D. José Rosalía y de Da. Dolores; recibió los Santos Sacramentos de Penitencia, Viático y Estrema Unción; falleció el día anterior de pericarditis crónica. Y para que conste lo firma á seis de abril de mil ochocientos ochenta y seis.
Lic. Francisco Marrero
4/12/09
Memoria sobre el origen y fundación de Hato San Isidoro de Holguín, de Diego de Ávila y Delmonte
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"Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín", de D. Diego de Ávila y Delmonte, editado en Holguín, en la Imprenta El Oriental (a cargo de D. Francisco Álvarez y González), en 1865).
Transcribo aquí el Índice de este libro capital para la historia de Holguín y sus familias fundadoras. Lo hago porque en ningún portal electrónico se haya disponible el contenido del mismo. Tal vez sea ésta la primera ocasión en que se vierte en la red la materia de sus capítulos.
Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín fue publicado en la Imprenta El Oriental (Holguín), en 1865. Su autor, Don Diego de Ávila y Delmonte, pone especial cuidado en nombrar a los fundadores de la incipiente localidad oriental y sus descendientes. Lo hace porque él, como muchos holguineros, desciende de los troncos principales de los de Ávila, González de Rivera, Batista-Bello, de la Cruz, etc..
Diego Antonio Salomé de Ávila y Delmonte – tal era su nombre completo –, nació en Holguín el 23 de agosto de 1823 y falleció, en esa misma ciudad, el 5 de abril de 1886. Estuvo casado con María Patrocinia Font y Hernández. Era hijo de José Rosalía de Ávila y González de Rivera (quien comenzó la escritura de este libro) y de María de los Dolores Delmonte y Rojas (originaria de la actual República Dominicana). Por parte de su padre, tenía como abuelos a: Catalina Josefa González de Rivera y Cruz-Moreno y a Diego Ramón de Ávila y González-Norate.
Su abuelo paterno era hijo de Juan Francisco González de Rivera y Ávila (nacido en Bayamo, en 1686 y fallecido en Holguín, en 1772) y de Catalina Josefa de la Cruz Moreno (1710-1752), ambos casados en San Isidoro de Holguín, el 22-11-1732. El mencionado Juan Francisco era hijo del fundador del apellido González de Rivera en Holguín: o sea, del Capitán de navío de la Real ArmadaJuan Francisco González de Rivera y Obeda, nacido en Cumaná (actual Venezuela), en 1637 e hijo, a su vez, de Juan Bautista González de Rivera y Macera de la Portera (n. 1585 y fallecido en 1672 en la isla Martinica y de María de los Santos Obeda y Corzo, nacida en Cumaná, en 1603), ambos casados en 1636.
Su abuela materna era hija de Francisco Lorenzo de la Cruz y Leyte-Rodríguez (fallecido el 16-9-1731) y de Ignacia Moreno Velázquez. El autor de Memoria sobre el origen… señala que Francisco Lorenzo era hijo de Juan Francisco de la Cruz y Prada, de origen canario, casado con una Leyte-Vidal, de la que no ofrece ni nombre ni otros datos. Juan Francisco es entonces el tronco común, si no de todos, al menos de gran parte de los holguineros que llevan el apellido de la Cruz. Un apellido que ofrece grande dificultades a los genealogistas por utilizarse, en ocasiones, como segundo nombre de muchos bautizados. De la misma manera, algunos González holguineros de hoy han visto amputado su apellido original al quedar fuera la apelación de Rivera, ya sea en certificados de bautizo como en otros registros o en la vida corriente.
El mencionado Juan Francisco (bisabuelo paterno del historiador) había casado con María del Rosario de Ávila y Batista (nacida en Bayamo, 1649), quien a su vez era hija de Rodrigo de Ávila y López de Mejía (hijo del fundador del apellido de Ávila en Holguín: el asturiano Diego de Ávila y Albadiana, y de su esposa, Elvira del Rosario López de Mejía de Holguín, bisnieta del conquistador Diego de Holguín "el Viejo", llamado también García de Holguín o Garciholguín). La madre de María del Rosario era María del Rosario Batista-Bello López de Mejía (quien también utilizaba el apellido Bernal de Bobadilla), prima hermana de su esposo, por ser hija de otra nieta de Francisco [García] de Holguín, llamada Juana Antonia López de Mejía de Holguín tras el matrimonio de ésta con el castellano originario de Soria Miguel Batista-Bello de Castro-Almira.
De su propia genealogía debía estar muy consciente Diego de Ávila y Delmonte cuando expone en el Capítulo I de su libro algunos de los entrecruzamientos sanguíneos de sus ancestros y parientes fundadores de la futura Villa. De hecho, en 1865 publica también en la Imprenta El Oriental, el Registro o árbol genealógico de la familia González de Rivera, un libro que hasta la fecha no he podido consultar.
Ahora bien, esta edición príncipe de Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín tuvo una segunda edición en el año de 1926, publicada en la Imprenta "El Arte" (Holguín), con prólogo de José María Heredia. En ella se aclara que ha sido "continuada hasta nuestros días por José María Heredia", quien no tiene relación directa alguna con el célebre poeta santiaguero, cantor del Niágara, fallecido en exilio, en Tolula, México en 1839.
Hace unos 22 años pude consultar en la Biblioteca Nacional José Martí de La Habana el libro de Diego de Ávila y Delmonte. No en su estado original ni en la reedición sino como parte de una edición facsimilar de libros cubanos del siglo XIX que hiciera, en forma de colección, el filántropo Vidal Morales. No logro precisar si la edición facsimilar que consulté entonces era la de 1865 o la de 1926.
Ahora, tras localizar al fin un ejemplar de este libro y consciente de lo difícil que resulta encontrarlo, coloco aquí el Indice de la edición de 1865, que transcribo para más comodidad después de las imágenes:
Transcripción del Índice de la edición príncipe de 1865 dedicada "al Sr. Teniente Coronel del Arma de Caballería, Teniente Gobernador y Comandante Militar de [Holguín] y su jurisdicción, Don Juan Huerta y Sostre". He respetado la ortografía de la época:
p. 3 > Dedicatoria
p. 5 > Prólogo
p. 7 > Cap. I. Relación histórica del origen y fundación del hato de Holguín, su primer dueño y principal fundador, con noticias de sus pobladores y poseedores por fallecimiento de aquel.
p. 11 > Cap. II. Amojonamientos del hato S. Isidoro de Holguín, sitios que comprendía al principio de la operación, deslinde posterior que se le hizo y vista del plano de su demarcación.
p. 15 > Cap. III. Número del vecindario del hato de S. Isidoro de Holguín en el año de 1649 y razones que se presentan para cuestionar la citada fecha con noticias de la fundación de su iglesia.
p. 19 > Cap.IV. Solicitud hecha a S. M. para la creación del Ayuntamiento y demás oficios. Concesión y auto de cumplimiento del regio comisionado.
p. 23 > Cap. V. Autos superiores te(s)tuales, mandando se e(cs)hiban los papeles y recaudo que hubiere.
p. 27 > Cap. VI. Mensura del Egido de Holguín, términos que se le señalaron, su empadronamiento y caserío en 1862 y la cuenta que S. E. dió a S. M. de todo lo actuado.
p. 30 > Cap. VII. Primer cabildo celebrado en esta ciudad, presidido por el Sr. Gobernador de la Provincia.
p. 33 > Cap. VIII. Orígen y creación de la Tenencia de Gobierno político y militar de esta Ciudad.
p. 36 > Cap. IX. Distancia y circunferencia de esta jurisdicción, capitanía pedáneas que se hallan en ella, principio de la de Gibara y creación y habilitación de su Real Puerto.
p. 39 > Cap. X. Concluye la materia antecedente y se dá noticias de las autoridades y empleados en su puerto y población; del movimiento y adelanto de los mismos.
p. 43 > Cap. XI. Conclusión de la materia antecedente y noticia de la fundación de su parroquial iglesia desde su principio hasta el estado presente.
p. 47 > Cap. XII. Termina lo correspondiente a la población y Capitanía de Gibara, con relación de los hechos históricos y notables ocurridos en el Puerto de su nombre y aguas litorales.
p. 50 > Cap. XIII. Capitanías pedáneas de Mayarí, Bariay, Guavasiabo y Yariguá, correspondientes a esta jurisdicción y fundación de sus parroquias.
p. 51 > Cap. XIV. Capitanías de Cacocum, Maniabón, Fray Benito, Tacámara y Yareyal, con las haciendas y sitios que las componen.
p. 57 > Cap. XV. Varios hatos y corrales ubicados en las haciendas comprendidas en las Capitanías Pedáneas de la jurisdicción de esta ciudad.
p. 66 > Cap. XVI. Continuación de la materia antecedente con relación de las haciendas de Managuaco y Saos de Yereniquen.
p. 71 > Cap. XVII. Continúa el asunto anterior con noticias de las demás haciendas, hatos y corrales a que puedo contraerme.
p. 84 > Cap. XVIII. Haciendas establecidas en los terrenos pertenecientes al I. Ayuntamiento.
p. 93 > Cap. XIX. Noticias de varias representaciones hechas por algunos concejales y resoluciones respectivas dadas por las Superioridades con lo últimamente dispuesto por el Excmo. Sr. Capitán General de la Isla respecto a las haciendas de crianza y labor.
p. 97 > Cap. XX. Noticia sobre las cuestiones suscitadas entre los poseedores del terreno del Egido y vecinos de las haciendas colindantes; lo propio que la habida entre entre esta ciudad y la de Bayamo con respecto a los términos jurisdiccionales, y resoluciones recaidas por la Superioridad en ambas materias.
p. 104 > Cap. XXI. Estadística descriptiva de esta ciudad, sus empleados y edificios públicos más notables con indicación de las residencias particulares de aquellos.
p. 115 > Cap. XXII. Continúa la materia anterior, respecto a su jurisdicción territorial y riqueza natural.
p; 122 y 123 > Advertencias y notas.
p. 124, 125 y 126 > Reales Cédulas.
"Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín", de D. Diego de Ávila y Delmonte, editado en Holguín, en la Imprenta El Oriental (a cargo de D. Francisco Álvarez y González), en 1865).
Transcribo aquí el Índice de este libro capital para la historia de Holguín y sus familias fundadoras. Lo hago porque en ningún portal electrónico se haya disponible el contenido del mismo. Tal vez sea ésta la primera ocasión en que se vierte en la red la materia de sus capítulos.
Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín fue publicado en la Imprenta El Oriental (Holguín), en 1865. Su autor, Don Diego de Ávila y Delmonte, pone especial cuidado en nombrar a los fundadores de la incipiente localidad oriental y sus descendientes. Lo hace porque él, como muchos holguineros, desciende de los troncos principales de los de Ávila, González de Rivera, Batista-Bello, de la Cruz, etc..
Diego Antonio Salomé de Ávila y Delmonte – tal era su nombre completo –, nació en Holguín el 23 de agosto de 1823 y falleció, en esa misma ciudad, el 5 de abril de 1886. Estuvo casado con María Patrocinia Font y Hernández. Era hijo de José Rosalía de Ávila y González de Rivera (quien comenzó la escritura de este libro) y de María de los Dolores Delmonte y Rojas (originaria de la actual República Dominicana). Por parte de su padre, tenía como abuelos a: Catalina Josefa González de Rivera y Cruz-Moreno y a Diego Ramón de Ávila y González-Norate.
Su abuelo paterno era hijo de Juan Francisco González de Rivera y Ávila (nacido en Bayamo, en 1686 y fallecido en Holguín, en 1772) y de Catalina Josefa de la Cruz Moreno (1710-1752), ambos casados en San Isidoro de Holguín, el 22-11-1732. El mencionado Juan Francisco era hijo del fundador del apellido González de Rivera en Holguín: o sea, del Capitán de navío de la Real ArmadaJuan Francisco González de Rivera y Obeda, nacido en Cumaná (actual Venezuela), en 1637 e hijo, a su vez, de Juan Bautista González de Rivera y Macera de la Portera (n. 1585 y fallecido en 1672 en la isla Martinica y de María de los Santos Obeda y Corzo, nacida en Cumaná, en 1603), ambos casados en 1636.
Su abuela materna era hija de Francisco Lorenzo de la Cruz y Leyte-Rodríguez (fallecido el 16-9-1731) y de Ignacia Moreno Velázquez. El autor de Memoria sobre el origen… señala que Francisco Lorenzo era hijo de Juan Francisco de la Cruz y Prada, de origen canario, casado con una Leyte-Vidal, de la que no ofrece ni nombre ni otros datos. Juan Francisco es entonces el tronco común, si no de todos, al menos de gran parte de los holguineros que llevan el apellido de la Cruz. Un apellido que ofrece grande dificultades a los genealogistas por utilizarse, en ocasiones, como segundo nombre de muchos bautizados. De la misma manera, algunos González holguineros de hoy han visto amputado su apellido original al quedar fuera la apelación de Rivera, ya sea en certificados de bautizo como en otros registros o en la vida corriente.
El mencionado Juan Francisco (bisabuelo paterno del historiador) había casado con María del Rosario de Ávila y Batista (nacida en Bayamo, 1649), quien a su vez era hija de Rodrigo de Ávila y López de Mejía (hijo del fundador del apellido de Ávila en Holguín: el asturiano Diego de Ávila y Albadiana, y de su esposa, Elvira del Rosario López de Mejía de Holguín, bisnieta del conquistador Diego de Holguín "el Viejo", llamado también García de Holguín o Garciholguín). La madre de María del Rosario era María del Rosario Batista-Bello López de Mejía (quien también utilizaba el apellido Bernal de Bobadilla), prima hermana de su esposo, por ser hija de otra nieta de Francisco [García] de Holguín, llamada Juana Antonia López de Mejía de Holguín tras el matrimonio de ésta con el castellano originario de Soria Miguel Batista-Bello de Castro-Almira.
De su propia genealogía debía estar muy consciente Diego de Ávila y Delmonte cuando expone en el Capítulo I de su libro algunos de los entrecruzamientos sanguíneos de sus ancestros y parientes fundadores de la futura Villa. De hecho, en 1865 publica también en la Imprenta El Oriental, el Registro o árbol genealógico de la familia González de Rivera, un libro que hasta la fecha no he podido consultar.
Ahora bien, esta edición príncipe de Memoria sobre el origen y fundación del Hato de San Isidoro de Holguín tuvo una segunda edición en el año de 1926, publicada en la Imprenta "El Arte" (Holguín), con prólogo de José María Heredia. En ella se aclara que ha sido "continuada hasta nuestros días por José María Heredia", quien no tiene relación directa alguna con el célebre poeta santiaguero, cantor del Niágara, fallecido en exilio, en Tolula, México en 1839.
Hace unos 22 años pude consultar en la Biblioteca Nacional José Martí de La Habana el libro de Diego de Ávila y Delmonte. No en su estado original ni en la reedición sino como parte de una edición facsimilar de libros cubanos del siglo XIX que hiciera, en forma de colección, el filántropo Vidal Morales. No logro precisar si la edición facsimilar que consulté entonces era la de 1865 o la de 1926.
Ahora, tras localizar al fin un ejemplar de este libro y consciente de lo difícil que resulta encontrarlo, coloco aquí el Indice de la edición de 1865, que transcribo para más comodidad después de las imágenes:
Transcripción del Índice de la edición príncipe de 1865 dedicada "al Sr. Teniente Coronel del Arma de Caballería, Teniente Gobernador y Comandante Militar de [Holguín] y su jurisdicción, Don Juan Huerta y Sostre". He respetado la ortografía de la época:
p. 3 > Dedicatoria
p. 5 > Prólogo
p. 7 > Cap. I. Relación histórica del origen y fundación del hato de Holguín, su primer dueño y principal fundador, con noticias de sus pobladores y poseedores por fallecimiento de aquel.
p. 11 > Cap. II. Amojonamientos del hato S. Isidoro de Holguín, sitios que comprendía al principio de la operación, deslinde posterior que se le hizo y vista del plano de su demarcación.
p. 15 > Cap. III. Número del vecindario del hato de S. Isidoro de Holguín en el año de 1649 y razones que se presentan para cuestionar la citada fecha con noticias de la fundación de su iglesia.
p. 19 > Cap.IV. Solicitud hecha a S. M. para la creación del Ayuntamiento y demás oficios. Concesión y auto de cumplimiento del regio comisionado.
p. 23 > Cap. V. Autos superiores te(s)tuales, mandando se e(cs)hiban los papeles y recaudo que hubiere.
p. 27 > Cap. VI. Mensura del Egido de Holguín, términos que se le señalaron, su empadronamiento y caserío en 1862 y la cuenta que S. E. dió a S. M. de todo lo actuado.
p. 30 > Cap. VII. Primer cabildo celebrado en esta ciudad, presidido por el Sr. Gobernador de la Provincia.
p. 33 > Cap. VIII. Orígen y creación de la Tenencia de Gobierno político y militar de esta Ciudad.
p. 36 > Cap. IX. Distancia y circunferencia de esta jurisdicción, capitanía pedáneas que se hallan en ella, principio de la de Gibara y creación y habilitación de su Real Puerto.
p. 39 > Cap. X. Concluye la materia antecedente y se dá noticias de las autoridades y empleados en su puerto y población; del movimiento y adelanto de los mismos.
p. 43 > Cap. XI. Conclusión de la materia antecedente y noticia de la fundación de su parroquial iglesia desde su principio hasta el estado presente.
p. 47 > Cap. XII. Termina lo correspondiente a la población y Capitanía de Gibara, con relación de los hechos históricos y notables ocurridos en el Puerto de su nombre y aguas litorales.
p. 50 > Cap. XIII. Capitanías pedáneas de Mayarí, Bariay, Guavasiabo y Yariguá, correspondientes a esta jurisdicción y fundación de sus parroquias.
p. 51 > Cap. XIV. Capitanías de Cacocum, Maniabón, Fray Benito, Tacámara y Yareyal, con las haciendas y sitios que las componen.
p. 57 > Cap. XV. Varios hatos y corrales ubicados en las haciendas comprendidas en las Capitanías Pedáneas de la jurisdicción de esta ciudad.
p. 66 > Cap. XVI. Continuación de la materia antecedente con relación de las haciendas de Managuaco y Saos de Yereniquen.
p. 71 > Cap. XVII. Continúa el asunto anterior con noticias de las demás haciendas, hatos y corrales a que puedo contraerme.
p. 84 > Cap. XVIII. Haciendas establecidas en los terrenos pertenecientes al I. Ayuntamiento.
p. 93 > Cap. XIX. Noticias de varias representaciones hechas por algunos concejales y resoluciones respectivas dadas por las Superioridades con lo últimamente dispuesto por el Excmo. Sr. Capitán General de la Isla respecto a las haciendas de crianza y labor.
p. 97 > Cap. XX. Noticia sobre las cuestiones suscitadas entre los poseedores del terreno del Egido y vecinos de las haciendas colindantes; lo propio que la habida entre entre esta ciudad y la de Bayamo con respecto a los términos jurisdiccionales, y resoluciones recaidas por la Superioridad en ambas materias.
p. 104 > Cap. XXI. Estadística descriptiva de esta ciudad, sus empleados y edificios públicos más notables con indicación de las residencias particulares de aquellos.
p. 115 > Cap. XXII. Continúa la materia anterior, respecto a su jurisdicción territorial y riqueza natural.
p; 122 y 123 > Advertencias y notas.
p. 124, 125 y 126 > Reales Cédulas.